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Sí, han leído bien: La Comisión Europea ha nombrado a Certicar, S.L. miembro del Foro Consultivo de la Ley de Inteligencia Artificial. Y estamos muy orgullosos de ello.

La composición del órgano, anunciada el 1 de junio de 2026, recoge 173 miembros seleccionados entre más de 700 candidaturas (Registro de grupos de expertos, ref. E04009). Certicar figura en la categoría de empresas, representando a España, y estará representada por Paloma Llaneza, Digital Trust Scheme Manager en CerteIDAS y editora de normas en ETSI ESI.

La mayor parte de los miembros procede de universidades, centros de investigación y organizaciones de la sociedad civil; las empresas son minoría. Así, CerteIDAS comparte mesa con Anthropic, Google, Microsoft, OpenAI o Thales, entre otras firmas del sector, y con actores del ecosistema de evaluación de la conformidad como TÜV SÜD o Eurosmart. De los miembros españoles -centros de investigación como el Barcelona Supercomputing Center o TECNALIA, universidades y entidades civiles-, Certicar es una de las pocas empresas.

Qué es el Foro Consultivo

El artículo 67 del Reglamento (UE) 2024/1689 crea el Foro como un órgano de asesoramiento técnico de las partes interesadas al servicio del Consejo de IA y de la Comisión. Su producto son dictámenes, recomendaciones y contribuciones escritas, siempre a petición de uno u otro (artículo 67.8); no adopta actos vinculantes, no colegisla y no ejerce vigilancia del mercado. Una de sus funciones específicas, según el Registro, es aportar pericia técnica cuando la Comisión prepara medidas de ejecución, antes de remitirlas al comité de comitología correspondiente.

El Foro redacta su propio reglamento interno y elige a dos copresidentes (artículo 67.6). Puede crear subgrupos permanentes o temporales (artículo 67.9), que es donde previsiblemente se desarrollará el trabajo sustantivo. El mandato es de dos años, prorrogable una vez, no remunerado (artículo 67.4). Son miembros permanentes FRA, ENISA, CEN, CENELEC y ETSI (artículo 67.5); este último, en cuyas normas trabaja Paloma Llaneza como editora.

El Foro complementa al Grupo de Expertos Científicos del artículo 68, regulado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/454, que se centra en los modelos de uso general y los riesgos sistémicos. Son canales separados: el Foro aporta la visión amplia de las partes interesadas; el Grupo, la pericia científica de élite. La administración de ambos corresponde a la Oficina de IA, dentro de la DG CONNECT.

Dónde aporta CerteIDAS

En su núcleo de alto riesgo, la Ley de IA es una norma del Nuevo Marco Legislativo: evaluación de la conformidad (artículo 43), organismos notificados (artículos 28 a 42), estándares armonizados, marcado CE y presunción de conformidad. Es el terreno en el que CerteIDAS trabaja a diario -gestión de un esquema de evaluación de la conformidad acreditado bajo eIDAS, edición de normas técnicas en ETSI ESI- y es también el asunto que hoy condiciona el calendario del Reglamento. La aplicación de las obligaciones de alto riesgo se ha aplazado porque CEN y CENELEC no han entregado a tiempo los estándares armonizados que dan soporte a esos requisitos (mandato M/593, modificado por M/613), según reconoce la propia Comisión. El Comité Técnico Conjunto JTC 21 sitúa el conjunto completo en el último trimestre de 2026; el aplazamiento se instrumenta a través del Digital Omnibus on AI, todavía en tramitación a la fecha de esta publicación.

El razonamiento es conocido: los estándares son voluntarios, pero sin ellos no hay presunción de conformidad y las empresas carecen de los parámetros con los que demostrar el cumplimiento. CerteIDAS lleva tiempo sosteniendo -y es lo que define su voz en el Foro- que la regulación ya no vive solo en los boletines oficiales, sino en los estándares; que importa que se elaboren a tiempo; y que deben aplicarse y evaluarse desde los más altos niveles de exigencia técnica.

El trabajo de estos foros no se hace en el pleno, sino en los subgrupos y en las contribuciones escritas. CerteIDAS llega a la mesa donde un requisito legal se convierte en una norma técnica evaluable, que es la tarea que ya venía haciendo, solo que una planta más arriba.